En la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, integrada por los diputados Guillermo Vega Guerrero, Enrique Antonio Correa Sada y Homero Barrera Mcdonald, se aprobó la Iniciativa de Ley por la que se adicionan diversas disposiciones al Código Civil del Estado y a la Ley de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en relación a la protección de la intimidad y privacidad de los menores, con el objetivo de que las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, garanticen que, en todos los asuntos relacionados con niñas, niños o adolescentes, se preserve su derecho a la privacidad y no se divulguen sus datos de identificación a fin de proteger su intimidad.

En los términos de esta ley, los datos personales deberán referirse por las letras de sus nombres y apellidos. En los casos que se requiera y cuando así lo solicite la autoridad correspondiente para el tratamiento de asuntos personales de menores de edad, se deberá autorizar el consentimiento respectivo por padres o tutores, siempre y cuando no sea contrario al interés superior de la niñez y al desarrollo integral de la adolescencia.

Por su parte, el diputado Homero Barrera precisó que es pertinente esta iniciativa para velar por los menores en procesos jurisdiccionales o administrativos, para que no sean objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, domicilio, correspondencia; incluso en divulgaciones o difusiones ilícitas que tengan carácter informativo y de opinión pública que permitan identificarlos y que atenten contra su honra, imagen o reputación.

En otro punto del orden del día se aprobó el Dictamen de la Iniciativa que reforma el artículo 252 del Código Civil del Estado, para que, en los casos de un divorcio o separación, y la pareja sea poseedora de una o varias mascotas, puedan establecer un plan de cuidados que consideren el bienestar de dichos seres sintientes, precisando al responsable de su custodia bajo la perspectiva de protección, teniendo en cuenta factores como: la capacidad de cada parte para proporcionar un ambiente adecuado y seguro para las mascotas, la disponibilidad de tiempo y recursos para cuidar de ellas. Se podrá considerar la negligencia hacia los seres sintientes por parte de alguna de las partes. El juez podrá asignar el cuidado compartido de las mascotas si considera que esta es la mejor opción para el bienestar de estas, incluyendo, la alimentación, la atención veterinaria y el tiempo de convivencia.

El diputado Homero Barrera, informó que esta reforma en el Código Civil propone que, cuando un matrimonio termine, los cónyuges que tuvieron a su cuidado uno o más animales de compañía, deberán establecer en convenio mutuo y las medidas necesarias para garantizar su protección y bienestar, precisando al menos lo relativo a cuestiones como quién asumirá el cuidado, las convivencias, los gastos y demás, procurando siempre el bienestar de los seres sintientes.

Por su parte el diputado Paul Ospital Carrera, autor de la iniciativa afirmó que “la sociedad va evolucionando, y se debe entender este cambio cultural en nuestro país, en el que, en los últimos años, la natalidad está bajando y lo que ha crecido de manera desproporcionada son las mascotas”.

Informó que, en Querétaro, en la última medición, siete de cada 10 hogares tienen al menos una mascota. Asimismo, está aumentando el tema de las separaciones de las parejas, por lo que la ley debe evolucionar y se deben adecuar las normas, ya que se empiezan a dar este tipo de problemáticas, y la legislación en este sentido ya es una tendencia a nivel mundial.