La Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030 junto a colectivos por la defensa de los derechos LGBTQ+, realizaron una rueda de prensa para dar seguimiento al proceso legislativo respecto a la Ley de Identidad de Género.

Con este nuevo dictamen se incorporaron todas las observaciones enviadas por el Ejecutivo, privilegiando el diálogo institucional y brindando mayor claridad jurídica al procedimiento, sin modificar el objetivo central de la reforma: garantizar el derecho humano a rectificar datos de identidad de género en sus actas del Registro Civil mediante un procedimiento administrativo.

El diputado Eric Silva destacó que, desde su origen, la iniciativa únicamente permitía la rectificación a personas mayores de edad, por lo que nunca incluyó a niñas, niños o adolescentes. No obstante, para eliminar cualquier interpretación errónea, el nuevo dictamen incorpora un artículo (141 Quáter) que establece de manera expresa que las personas menores de edad no podrán solicitar la rectificación de sus datos de identidad de género, ni por sí mismas ni a través de representantes legales.

Asimismo, el dictamen fortalece diversas disposiciones para otorgar mayor certeza jurídica, entre ellas:

  • Se establece expresamente que el reconocimiento de la identidad de género no modifica, extingue ni suspende obligaciones, procesos judiciales, investigaciones, responsabilidades penales o cualquier resolución previamente existente.
  • Se precisa que el procedimiento es estrictamente personalísimo, por lo que únicamente podrá ser promovido por la persona interesada.
  • Se aclara que la rectificación únicamente aplicará respecto de las actas en las que la persona solicitante sea titular, sin afectar documentos o actas de terceros.

Las y los integrantes de la comisión señalaron que estas adecuaciones fortalecen la seguridad jurídica de la reforma y atienden puntualmente las observaciones formuladas por el Ejecutivo, manteniendo intacto el reconocimiento del derecho a la identidad de género para las personas mayores de edad.

Asimismo, reiteraron que, una vez aprobado el dictamen, la comisión buscará que se presente como proyecto alternativo, con lo cual solo se necesitarían trece votos para aprobarlo en el Pleno, de conformidad con el artículo 88 de la Ley Orgánica.

No obstante, lo anterior dependerá de la interpretación que realice la presidencia del Poder Legislativo, pues será esta quien determine si el dictamen puede ser valorado como proyecto alternativo, al ser la instancia facultada para interpretar la ley durante el desarrollo de las sesiones.