La presente reforma tiene como finalidad armonizar el ordenamiento estatal con la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, homologando el término discapacidad; sustituyendo los conceptos discapacidad auditiva y visual por discapacidad sensorial, bajo el entendido que esta última comprende la deficiencia estructural o funcional de los órganos de la visión, audición, tacto, olfato y gusto, así como de las estructuras y funciones asociadas a cada uno de ellos.

 

Asimismo, se adicionan también a la ley estatal los conceptos de discapacidad mental, e intelectual, así como el de Comunidad de Sordos, entendido como aquel grupo social cuyos miembros tienen alguna deficiencia del sentido auditivo que les limita a sostener una comunicación y socialización regular y fluida en lengua oral.

 

En la exposición de motivos se señala que son considerados sujetos de la ley a las personas con discapacidad, es decir, a aquellas que vivan con alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, de carácter temporal o permanente que, al interactuar con diversas barreras, puedan limitar o impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Reconociendo y protegiendo legalmente todos los derechos humanos en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural, civil o de otro tipo, a favor de las personas con discapacidad.

 

En ese sentido, la diputada Alejandrina Verónica Galicia Castañón señaló que con esta iniciativa de reforma, se busca armonizar la ley estatal con la Ley General de Discapacidad, para poder generar políticas públicas que puedan favorecer a este grupo vulnerable, “hoy con esta ley que ingresamos, podremos tener una definición como tal de las discapacidades, como ustedes saben, la discapacidad no se trata de una sola limitación, porque hay desde sensoriales, motrices, y hoy con esta ley nos permite redefinir políticas públicas que favorezcan a cada tipo de discapacidad en el estado”.